¿El edificio donde vives está adaptado a las necesidades de accesibilidad de las personas minusválidas? Si es así, no es necesario que te leas este post, pero, en caso contrario, esta información, sin duda, te resultará muy útil.
En Api.cat te explicamos qué debe hacer la Comunidad de Propietarios si uno de los propietarios es minusválido y el edificio no cuenta con los elementos necesarios de accesibilidad.
Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal
Si el edificio de tu piso de Igualada no está adaptado a las necesidades de accesibilidad de las personas con algún tipo de minusvalía física, la Comunidad de Vecinos deberá hacerse cargo de las obras pertinentes. Y, en consecuencia, cada uno de los propietarios estaría obligado a aportar una cantidad determinada para pagar dicha obra.
Esta conclusión se aplica en virtud de la normativa que recoge la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal, la cual mantiene como principal objetivo asegurar las mismas oportunidades de acceso a todas las personas, y evitar en la medida de lo posible, los obstáculos que se puedan encontrar, facilitando la libertad e igualdad entre todos los ciudadanos.
Aplicando esta ley en el ámbito de las Comunidades de Vecinos se concluye que las obras y su coste (derramas) deben ser asumidas por todos los vecinos y además, se especifica que deben ser llevadas a cabo en el plazo máximo de dos años.
¿Ascensores o rampas?
En el caso de que tu Comunidad de Vecinos se encuentre en esta situación, lo primero que os planteareis será qué tipo de elementos será necesario incorporar al edificio: rampas, elevadores, ascensores… Para ello, en primer lugar habrá que analizar cuáles son las necesidades específicas que hay que cubrir, y dependiendo de ellas, buscareis las soluciones de edificación oportunas.
Normalmente, las opciones que se barajan son dos: rampas o ascensores. Las primeras, son más económicas que la instalación de un ascensor, pero no siempre es posible su construcción, ya que requiere que haya espacio suficiente. Además, para evitar accidentes es importante que las rampas sean antideslizantes y que haya cierto desnivel.
Elijáis la opción que elijáis, las obras deben realizarse en todas las zonas comunes del edificio con el fin de salvaguardar la accesibilidad universal y la igualdad de oportunidades prevista por la Ley.
¿Tu Comunidad de Vecinos ha realizado este tipo de obras? ¿Padeces algún tipo de minusvalía y te has encontrado con limitaciones arquitectónicas en tu edificio? Cuéntanos tu caso en este post. Nos interesa.
Foto: Pinterest
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