Sin duda, uno de los pasos más importantes cuando adquirimos una propiedad es el de registrarla. Y es que, a pesar de que no siempre es obligatorio, sí es más que recomendable. Veamos en qué casos no es necesario y en cuáles sí. Eso sí, desde Api.cat os aconsejamos que registréis toda propiedad inmueble que adquiráis.
¿Cuándo tengo que registrar mi piso?
Como decíamos, en principio, no siempre es obligatorio inscribir la vivienda que hemos comprado. Sin embargo, si acabas de adquirir un piso en L’Hospitalet de Llobregat y para ello has tenido solicitar un préstamo hipotecario, entonces sí estás obligado a dirigirte al Registro de la Propiedad que te corresponda e inscribir tu piso.
Además de la existencia de una Hipoteca, hay otro motivo por el que es imprescindible la inscripción en el Registro de la Propiedad y que está regulado por el artículo 319 de la Ley Hipotecaria. En él se dice que si no inscribimos en el Registro las transmisiones de propiedad, podemos tener problemas a la hora de ejercer nuestro derecho sobre las mismas, puesto que corremos el riesgo de que no sean aceptadas nuestras reclamaciones legales.
¿Por qué inscribir una propiedad inmobiliaria?
Aunque no es imprescindible, las garantías que ofrece inscribir nuestra casa en el Registro de la Propiedad correspondiente, son tan ventajosas y las posibles consecuencias negativas pueden ser tan perjudiciales, que casi podría decirse que no hacerlo sería una locura.
Pasos previos a la inscripción
Cuando hemos adquirido un inmueble y lo inscribimos en el Registro de la Propiedad, estamos permitiendo que todos los derechos de la tutela del inmueble estén apoyados a nivel judicial, ya que este Registro depende del Ministerio de Justicia.
El procedimiento en cuestión debe efectuarse en la provincia donde se ha llevado a cabo la compraventa del inmueble. Así que, lo primero que has de hacer es averiguar cuál es el que te corresponde.
Por otro lado, deberás pagar los impuestos relacionados con el tipo de acto o contrato que vas a registrar, pero antes, todos los documentos deberán ser consignados en escritura pública, ejecutoria o mediante un documento autentificado y expedido por la autoridad judicial.
¿Qué documentos hay que presentar?
Para realizar el registro de una propiedad se debe presentar el título original de la misma, junto con todos los documentos pertinentes según el tipo de asiento que se vaya a llevar a cabo. Una vez presentados, en un plazo de 15 días se deberá realizar la calificación e inscripción de los títulos presentados.
¿Te ha resultado útil esta información? ¿Has registrado tu piso? Si tienes alguna duda, recuerda que un Agente de la Propiedad podría asesorarte rápida y eficazmente.
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