Acabas de aterrizar en tu piso de alquiler y no te lo encuentras cómo te lo esperabas. Necesitas hacer obras para reformarlo y decorarlo a tu gusto. Pero no sabes hasta dónde llegar. ¿Qué puede reformar y qué no en tu vivienda? En Api.cat, te contamos las reformas qué puedes llevar a cabo en tu piso de Girona y cuáles de ellas te corresponden a ti como inquilino y cuáles al propietario.
Con la antigua ley del alquiler, la reforma de un piso era una tarea exclusiva del propietario. La nueva ley del alquiler te permite que cómo inquilino puedas descontar del precio del arrendamiento las obras de reforma siempre que lo hayas acordado con el propietario.
- Obras de conservación y mantenimiento
Para que una vivienda se ponga en alquiler, es necesario que cumpla una serie de requisitos de habitabilidad. El propietario será quién tendrá que asumir estos gastos de conservación y de mejora. Solo si los desperfectos los ha ocasionado el inquilino, deberá pagarlos él. Estas reformas no pueden implicar un aumento de la cuota del alquiler. El inquilino ha de comunicarle al propietario cualquier avería lo más rápido posible y solucionarla él mismo si es urgente. Posteriormente, le enviará las facturas.
- Obras de mejora
Si las reformas de la vivienda son ineludibles y afectan a elementos estructurales y no pueden esperar, el inquilino deberá soportarlas pacientemente y no podrá rescindir el contrato por este motivo. Sin embargo, el propietario deberá asumirlas y avisar por escrito con una antelación de tres meses. Si por las obras te ves obligado a abandonar tu piso, tendrás derecho a una reducción proporcional de la cuota de alquiler. Pero si cuándo acaben las reformas, decides volver al inmueble se te podrá aplicar una subida máxima del alquiler del 20%.
- Obras del inquilino
Las reformas derivadas del uso diario de las instalaciones (luz, persianas, tuberías, paredes, puertas o ventanas) corresponden al propietario. Mientras, el inquilino podrá realizar cualquier obra que se incluya en el apartado acabados. Si decide emprender cualquier obra mayor, está obligado a comunicárselo al propietario y pedirle autorización. Si no lo hace, se podría rescindir automáticamente el contrato de alquiler.
Reformas como propietario
Si eres propietario de un inmueble, has de saber que para la mayoría de reformas u obras qué quiera hacer tu inquilino necesitará permiso. Los cambios estructurales o que modifiquen el estado natural del piso es uno de los casos más comunes. Aunque la propia ley del alquiler permite que las modificaciones en los acabados, que permiten dejar la vivienda igual que cuando la encontraste, están permitidas.
Reformas como inquilino
Si acabas de llegar a tu nuevo hogar de alquiler y has pintado la pared de otro color y has cambiado el suelo, no te preocupes porque esas reformas están incluidas en las obras por las que no necesitas autorización. Lo mismo si has cambiado la cerradura de la puerta. Eso sí, si te planteas reformas en la cocina, el baño o tirar algún tabique, consúltalo con el propietario.
¿Has hecho obras recientemente en tu piso de alquiler y has tenido que pedir permisos? Explícanos tu caso y envíanos tu comentario.
Foto: Imaexpo
2 comments
Estupendo artículo y muy clarificador. ¡Lo acabamos de compartir en nuestro Linked-In! Gracias.
Muchas gracias por compartirlo. Esa es siempre nuestra intención, que sean claros y útiles.