Al alquilar una vivienda, se firma un contrato en el que ambas partes – arrendador y arrendatario – se comprometen al cumplimiento de unos derechos y obligaciones. Pero no todos los inquilinos saben exactamente cuáles son estos derechos y obligaciones o qué implicaciones tienen… Te los detallamos en las noticias inmobiliarias de Api.cat
¿Buscas casas de alquiler en Barcelona? ¿Crees que conoces cuáles son tus derechos y obligaciones como inquilino? ¡Ponte a prueba!
Derechos del inquilino
- A negociar el precio de la renta mensual y la duración del contrato con el arrendador.
- A alargar el contrato mediante las prórrogas obligatorias que contempla la ley. Si el contrato es de un año, se puede prorrogar anualmente hasta un máximo de 3 años, obligatoriamente para el arrendador y potestativamente para el inquilino. Y una vez transcurridos los 3 años, si ninguna de las partes se pronuncia, se prorrogará necesariamente un año más.
- A exigirle al propietario que haga las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad y servir al uso convenido, sin que le aumente la renda por ello.
- Derecho a rescindir el contrato unilateralmente a partir de los seis meses de duración.
- Recuperar la fianza y otras garantías que haya depositado si no hay daños ni desperfectos.
- Derecho de tanteo y retracto y de adquisición preferente de la vivienda, si el propietario la pone en venta. A no ser que, en el contrato, el inquilino renunciara por escrito a ese derecho.
Obligaciones del inquilino
- Pagar la renta puntualmente y en los plazos acordados por contrato.
- Hacer un buen uso del inmueble y conservarlo.
- Pagar el consumo de los suministros de agua, luz y/o gas.
- Entregar la fianza en efectivo y el momento de la firma del contrato.
- Devolver la vivienda en el mismo estado de conservación en el que se le entregó.
- Informar al propietario de averías graves u otros hechos graves que pudieran suponer un riesgo para el inmueble y sus inquilinos.
- Abandonar la vivienda si el propietario la necesita antes de tiempo para él o un familiar, recurriendo a la “causa de necesidad” y lo demuestra legalmente.
- No ceder el contrato, ni subarrendar parcialmente la vivienda sin el consentimiento expreso y por escrito del arrendador.
- No realizar sin el consentimiento expreso y por escrito del arrendador, ningún tipo de obra que modifique la configuración de la vivienda.
- Soportar las obras de conservación de la vivienda, por molestas que sean, cuando éstas no puedan aplazarse hasta la conclusión del contrato de arrendamiento.
Si tienes dudas sobre alguna cuestión, te recomendamos consultar la Ley de Arrendamientos Urbanos o acudir a tu API de confianza.