¿Sabías que puedes recuperar parte de los gastos de notario y registro en las operaciones de cancelación, novación y subrogación hipotecarias? Probablemente, no. Te contamos cómo y porqué en las noticias inmobiliarias de Api.cat
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha lanzado una campaña contra “los abusos hipotecarios”, cuyo objetivo es informar a los ciudadanos de que pueden recuperar parte de los gastos de notario y registro en las operaciones de cancelación, novación y subrogación hipotecarias.
La base de la reclamación que difunde la OCU reside en la aplicación incorrecta del arancel, según la sentencia del TSJ de Madrid de 13 de mayo de 2016, según la cual “la modificación de aranceles se aplica exclusivamente a las operaciones insertas en procesos de saneamiento y reestructuración de entidades financieras y no a las realizadas por consumidores”.
Recogiendo esta sentencia, la OCU señala que, el coste de una cancelación hipotecaria con la incorrecta aplicación de la legislación es de aproximadamente 140 euros de notario y 85 euros de registrador.
Sin embargo, aplicando el nuevo criterio del TSJ de Madrid, los costes se reducen a 46 euros de notario y 30 euros de registro, aproximadamente. Lo que representa un ahorro de alrededor de 150 euros por hipotecado. La organización calcula que, más de 30.000 operaciones hipotecarias al mes son susceptibles de beneficiarse de esta acción.
¿Quieres comprar un piso en Barcelona? Entonces te interesa saber que puedes reclamar la correcta aplicación del arancel según la sentencia del TSJ.
El origen de la ‘confusión’
En mayo de 2012, se aprobó el Real Decreto Ley 18/2012, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliario del sistema financiero. Esta norma introdujo una modificación en los honorarios de notarios y registradores para los supuestos de novación, subrogación y cancelación de hipoteca inmersos en operaciones de saneamiento y reestructuración de entidades financieras.
La Dirección General de los Registros y del Notariado se pronunció al respecto interpretando que dicha norma también era aplicable a las operaciones realizadas por consumidores. Como resultado, el coste para los consumidores de las cancelaciones de hipotecas como de las novaciones y subrogaciones hipotecarias pasó a costar más del triple de lo que costaba hasta ese momento.
Ahora, gracias a esta sentencia del TSJ, la OCU entiende que “toda la situación ha cambiado”, y lamenta que “notarios y registradores, hasta el momento, han hecho caso omiso a esta sentencia y siguen aplicando incorrectamente el arancel, provocando mayores gastos a los consumidores”. Puedes buscar más información y calcular el arancel en su página web.