A cuántas personas conoces o has escuchado que se compraron una vivienda de obra nueva y al cabo de poco tiempo empezaron a sufrir averías y graves desperfectos. Y es que durante el boom inmobiliario, muchas empresas constructoras pecaron de querer construir demasiado rápido y con el mínimo coste posible, abaratando materiales para obtener un mayor margen de beneficio. Como resultado, casas nuevas con desperfectos imperdonables que deben ser arreglados por la empresa constructora o la promotora.
Por este motivo, en api.cat te vamos a contar qué es y para qué sirve una póliza de seguro decenal. Así, si piensas comprar un piso o una casa de obra nueva en Igualada, te conviene saber si la empresa constructora lo tiene.
¿Qué es el seguro decenal?
Una póliza de seguro decenal es un seguro obligatorio que deben contratar las empresas constructoras y/o promotoras para asegurar los posibles desperfectos o ruinas que se ocasionen en las viviendas que hayan construido durante 10 años, de ahí su nombre ‘decenal’.
Garantiza las responsabilidades de todos los agentes que intervienen en la edificación (constructores, promotores, arquitectos, etc.) por defectos que afecten a la resistencia mecánica o estabilidad del edificio, pero poco más. Lamentablemente, no es un seguro multirriesgo que cubra a los compradores del incumplimiento de las obligaciones del constructor.
¿Qué cubre el seguro decenal?
El Seguro Decenal de Daños será exigible para aquellas edificaciones cuyo uso principal sea el de vivienda, según la Disposición Adicional Segunda de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (L.O.E.)
El artículo 19 de la Ley establece tres plazos en los cuales se puede reclamar responsabilidades:
- 10 años para los daños causados por defectos que afecten a la cimentación, las vigas, los forjados y en definitiva, aquellos que comprometan la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
- 3 años, para los defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que incumplan los requisitos de habitabilidad.
- 1 año, para los defectos que se hayan producido en los acabados de la obra.
¿Es obligatorio?
La Ley fija su obligatoriedad para todos los edificios cuyo destino sea el de vivienda, excepto si se trata de un autopromotor que construye una única vivienda unifamiliar para uso propio. Para hacer efectiva dicha obligatoriedad no se permite la inscripción de la obra nueva en el Registro de la Propiedad sin el seguro decenal, imposibilitando al promotor a obtener la financiación hipotecaria o comercializar las viviendas.
Sin embargo, surge el problema de que la vivienda pueda ser transferida antes de diez años a un tercero. Para que el tercero no quede desprotegido, la Ley obliga al autopromotor-vendedor a contratar una garantía por el plazo de tiempo que resta hasta completar los diez años.
¿Quién debe contratar el seguro decenal?
La L.O.E prevé que el Tomador del seguro sea el promotor, aunque permite que éste pacte expresamente con el constructor que sea él quién figure como Tomador del seguro.
¿Te ha servido de ayuda la información sobre el seguro decenal?
Foto: Freepik
2 comments
Un artículo muy ilustrativo. Seguro que ayudaréis a muchos compradores de viviendas de obra nueva a entender mejor el seguro decenal y sus coberturas.
Saludos y enhorabuena por el blog!
Grupo Viqueira
José,
Muchas gracias por tu comentario. ¡Seguiremos trabajando en la misma línea!