Cuando una pareja que es propietaria de un inmueble tiene contratada una hipoteca al 50% y se separa, normalmente comienza una retahíla de gestiones relacionadas con el piso que compartían que les traerán más de un dolor de cabeza y gastos de toda índole. Desde Api.cat queremos explicarte en qué consiste la figura de la extinción de condominio, una de las opciones que existen, además de la compraventa para que conozcas sus ventajas y las precauciones que debes tomar.
¿Por qué optar por la disolución de condominio?
Si tuviéramos que definir la extinción de condominio en una sola frase, lo más sencillo sería decir que se trata de la venta que hace uno de los propietarios al otro de su parte de la vivienda. Es decir, si compraste un piso en Sabadell, firmaste una hipoteca al 50% con tu pareja para afrontar su pago y ahora habéis decidido que tú renuncies a tu parte del piso a su favor, la disolución de condominio es la operación que deberíais acometer.
El tema más importante en el caso de la disolución de condominio es que al firmar ante notario la extinción en favor de tu expareja, lo que estrictamente está sucediendo es que tu nombre desaparece del Registro de la Propiedad, pero, sigues siendo deudor. Es decir, la titularidad del préstamo hipotecario no ha variado en absoluto. Esto significa que, para el banco, ambos titulares, seáis propietarios o no, sois responsables del pago de la hipoteca.
Tanto es así, que si tu expareja, que continúa como propietario, dejase de pagar, pueden reclamarte a ti el pago de la hipoteca, e incluso, embargarte la nómina. Y, aunque no tuvieras este tipo de problemas, es posible que al solicitar otro préstamo, te pusieran objeciones.
Ventajas fiscales
Sin embargo, si se toman algunas precauciones, la disolución de condomino es una buena manera de disfrutar de un importante ahorro fiscal. Y es que, el impuesto asociado a la compraventa es del 10%, mientras que el de la extinción de condominio es de tan sólo el 1,5%, más los gastos notariales.
¿Qué precauciones debo tomar?
Los expertos insisten en que si vas a firmar una extinción de condominio renunciando a tu parte del piso, asegúrate antes de que la otra parte ya tiene aprobada otra hipoteca por la que es responsable al 100% de la vivienda. En otras palabras, el que se queda con el piso, lo primero que debería hacer es gestionar su nueva hipoteca. Así, el día de la firma ante notario de la extinción de condominio, se firmará primero la escritura de extinción de condominio por la que uno de los propietarios deja de serlo; y después, debería firmarse la escritura del nuevo préstamo hipotecario, por el que el que dejó de ser propietario, también deja de ser deudor.
Recuerda que, aunque con la disolución de condominio dejas de ser propietario, la titularidad del préstamo no desaparece y tus obligaciones frente al banco, tampoco.
¿Conocías esta opción a la compraventa? ¿Has firmado una extinción de condominio en alguna ocasión? Cuéntanos tu caso.
Foto: ahorrocapital
Foto: anfix
2 comments
Bon dia,
Aquest article està datat l’11/12/2014, quan els impostos d’ITP estaven al 10%, i l’AJD a 1,5%, tot i que a l’article dieu… 7% i 1%.
Estaria bé rectificar-ho, per no donar a confusió als possibles lectors.
Una salutació cordial,
Elisabet.
Bon dia,
Gràcies Elisabet per la seva apreciació. Ho rectificarem en breu.
Salutacions