El bono social eléctrico es un descuento en la tarifa eléctrica de último recurso, TUR, que se aplica al consumidor llamado “vulnerable”. Se trata de clientes que reúnen determinadas condiciones económicas, sociales o de consumo. Te contamos en qué consiste, los requisitos y las circunstancias que afectan al bono social de la electricidad 2014.
El bono representa un descuento del 25% en todos los términos que componen el PVPC. Además, blinda al contrato frente a cualquier subida mientras esté en vigor.
Las primeras condiciones atañen al contrato objeto de la solicitud:
- el titular debe ser persona física
- el domicilio del contrato debe ser la primera vivienda del titular
- debe estar acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor, PVCP
Las viviendas cuyo contrato cumpla lo anterior y su potencia contratada sea inferior a 3 kw, lo obtienen automáticamente. En este caso no hace falta solicitarlo, viene directamente reflejado en la factura.
Se puede obtener, pero es necesario solicitarlo, cuando se cumplen, además de las premisas iniciales, los siguientes requisitos por parte del titular:
- Tener 60 años cumplidos y ser pensionista del Sovi o de la Seguridad Social, con pensión mínima de jubilación, invalidez permanente o viudedad.
- Ser familia numerosa
- Que todos los miembros de la unidad familiar estén desempleados.
En 2013 se ha fijado un techo a la renta de las familias, por encima del cual perderán la opción de acogerse al bono. La cuantía de dicho límite es la siguiente:
- para el primer miembro de la familia, un 120% del salario mínimo interprofesional (SIM)
- para el segundo, un 70%
- y del tercero en adelante, un 50%
En la web de cada compañía puedes descargar los impresos de solicitud específicos para cada caso, así como consultar el detalle de la documentación a acompañar.
¡Cuidado con la letra pequeña! Si consumes mucha energía puede que tu factura sea más cara con el bono social, puesto que se penaliza el exceso de consumo. En la citada letra pequeña las compañías hacen constar la siguiente salvedad:
“La energía correspondiente al consumo de hasta 12,5 kWh en un mes o, en su caso, su promedio diario equivalente, quedará exenta de facturar el término básico de energía. Cuando la energía consumida por encima del consumo promedio diario sea superior al equivalente a 500 kWh en un mes, a la energía consumida por encima de esta cantidad se le aplicará un recargo de 0,02839 €/kWh en exceso consumido. Para ello, la facturación tiene que corresponder a lecturas reales de contador.”
Así, por ejemplo, sabemos de algún perceptor que por dicha penalización, aún deducido el descuento por el bono, se le ha encarecido el total de la factura aproximadamente en un 10%, es decir, que ha tenido un mayor gasto que antes. Por lo tanto, si estás pensando en solicitarlo, te recomendamos que consultes con la compañía cuánto vas a ahorrar según tu consumo habitual, no sea que tengas una desagradable sorpresa.
El bono social de la electricidad tiene una duración indefinida mientras mantengas las condiciones en que se solicitó y aprobó. Si cambian tus circunstancias, debes solicitar la baja a la comercializadora de último recurso mediante el envío de un formulario preestablecido, antes del plazo de un mes. En caso de no hacerlo, la compañía te sancionará con una refacturación de los consumos según la TUR vigente, más un 10% de recargo.
Si disfrutas del bono social de la luz no puedes cambiar de compañía en algunos casos. Es incompatible con la opción de precio fijo anual. Si crees que tienes derecho a solicitarlo para tu piso de Terrassa, esperamos haberte ayudado con todas estas claves. Estúdialo.
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