Cuando encontramos la vivienda que estamos buscando, una de las gestiones básicas que debemos realizar es el cambio de titular de los suministros del hogar: la luz, el agua y el gas.
Cambiar la titularidad del suministro no es más que un mero trámite burocrático que consiste en traspasar la responsabilidad legal del suministro de una persona a otra. Al solicitar el cambio de titular de los suministros, asumes los derechos y obligaciones del contrato del suministro y del contrato de mantenimiento existente de los equipos de medición. Siempre hay que indicar la dirección del suministro donde deseas hacer el cambio de titular.
El cambio de titular es una gestión sencilla, rápida y que se puede tramitar en cualquier momento. Es conveniente solicitar este trámite para eximir de cualquier responsabilidad al propietario o al anterior inquilino. Es recomendable realizar un cambio de titular, no solo un cambio de domiciliación puesto que en ese caso el responsable del suministro sería el anterior propietario y si existiese algún problema con el mismo, tendría que ser él quien se hiciera cargo del problema.
Cambio de titularidad del suministro de la Luz
Como hemos visto anteriormente, el cambio de titular de suministros se suele hacer cuando adquirimos una nueva vivienda ya sea de alquiler o de compra, y asumimos la responsabilidad de los suministros adjuntos a dicha vivienda. En el caso de la luz, también es necesario el cambio de titular cuando queremos solicitar el bono social de ayuda a la factura de la luz.
Es importante tener claro quién es la persona que puede efectuar el cambio de titularidad, que siempre compete al que será el nuevo titular del suministro eléctrico y, por lo tanto, el encargado de ponerse en contacto con la compañía eléctrica para realizar el cambio de titular de la luz.
Podemos realizar un cambio de titular de la luz siempre que queramos. Sin embargo, si nos encontramos ante un caso en el que exista una deuda, habrá que llevar a cabo el proceso con precaución para que esa deuda no quede asociada al nuevo titular. Si existe una deuda por impago se podrán llevar a cabo dos acciones diferentes:
- Asociar la deuda al titular del contrato.
- Asociar la deuda al punto de suministro.
Normalmente, las deudas se asocian al punto de suministro con lo que, si se cambia el titular, éste pasaría a ser la persona encargada de afrontar dicha deuda. Para evitar que esto ocurra, habría que hacer un cambio de titular de luz sin subrogación, para que sea el anterior titular quien figure en la lista de impagos de la comercializadora.
En cuanto a las responsabilidades, existen claras diferencias entre realizar un cambio de titular de suministros con y sin subrogación. Si se hace con subrogación, el nuevo titular asume todas las condiciones que tuviera pactadas en su contrato el anterior titular. Si se realiza sin subrogación, el nuevo titular se libra de cualquier responsabilidad contraída por el anterior, desligándose así de las posibles deudas.
El cambio de suministro de luz lo puedes realizar a través de una simple llamada telefónica, donde será necesario aportar una serie de información y documentación:
- Datos personales del anterior titular del suministro: nombre, apellidos y DNI. Para esto es importante que el propietario o inquilino de la vivienda a la que vayamos a vivir, nos facilite una factura suya para tener todos los datos a mano.
- Datos personales del nuevo titular de la luz.
- Código Universal de Punto de Suministro (CUPS).
- Número de cuenta bancaria, para domiciliar los pagos.
- Dirección de la vivienda o punto de suministro.
- Potencia eléctrica actual
- Si la instalación tiene más de 20 años, nos pedirán un boletín de reconocimiento
Una vez iniciado el trámite, que es totalmente gratuito, suele tardar unos 15 o 20 días hábiles desde la solitud de cambio. Cabe recordar que cualquier usuario que realice un cambio de titularidad, podrá, a la vez, cambiarse de tarifa eléctrica con total libertad y elegir una oferta que se adapte mejor a sus características y necesidades personales. Sólo hay que asegurarse de no tener ningún tipo de permanencia con otra compañía, y siempre es aconsejable estudiar las tarifas a través de un comparador.
Cambio de titularidad del suministro del Gas
El cambio de titular del suministro del gas es un proceso bastante sencillo que se puede hacer telefónicamente, físicamente o incluso por Internet. Solamente necesitas tener a mano los siguientes documentos:
- Datos personales del anterior y el actual titular
- Cuenta bancaria del nuevo titular.
- La lectura del contador.
- Código CUPS del gas
- Tarifa de acceso del gas
Como en el caso del suministro de la luz, deberá ser el nuevo titular el que contacte con la comercializadora y realice la gestión pertinente. El proceso tarda lo mismo que el de la luz, de 15 a 20 días hábiles desde su solicitud, y es también totalmente gratuito.
En los casos de compraventa de una vivienda cabe destacar la conveniencia del cambio de titular del contrato frente a dar de baja el gas natural. Al dar de alta el gas, el siguiente titular deberá volver a pagar derechos de acometida y derechos de alta del gas natural.
Cambio de titularidad del suministro del Agua
Finalmente, para cambiar la titularidad del suministro del agua, se puede hacer también vía Internet, teléfono o presencialmente. La manera más rápida es por Internet, a través de la oficina online de la entidad suministradora, o a través de su teléfono de atención al cliente.
Los datos que te suelen pedir para el cambio de titular son:
- Datos del suministro (número de contrato y/o dirección del suministro).
- Documento que acredite el derecho a contratar el suministro de agua de la vivienda: contrato de alquiler, escritura de propiedad u opción de compra, o certificado de compra o alquiler expedido por el propietario o el administrador del inmueble.
- NIF/NIE del solicitante.
- En caso de que el solicitante no sea el titular del documento que acredite el derecho a contratar, necesitará aportar una carta de autorización cumplimentada y firmada por el titular del contrato de suministro.
- Cédula de habitabilidad.
- Número de cuenta bancaria + certificación de titularidad de la cuenta, nombre y NIF/NIE/CIF del titular para la domiciliación del pago de las facturas.