¿Cada vez que se celebra un partido de fútbol los balcones del edificio donde vives se llenan de banderas? ¿Has pasado semanas mordiéndote la lengua para no decirle a tu vecino que quite ya la pancarta que colgó de la terraza? Si quieres saber qué puedes hacer al respecto, en Api.cat te damos algunas de las claves para saber cuál es tu radio de acción a la hora de ejercer tus derechos como propietario o como inquilino.
¿Qué dice la Ley?
Lo cierto es que no existe una normativa única al respecto y también es verdad que pueden darse tantas situaciones distintas que, como siempre, lo que aconsejamos desde Api.cat es que, tanto si eres propietario de un piso en Castelldefels o el inquilino que ha colocado una bandera, lo mejor es que consultes a un experto en el sector inmobiliario.
En cualquier caso, sí podemos ver por encima algunos de los casos más comunes, tales como: ser propietario, ser parte de la comunidad de propietarios del vecino reivindicativo o ser inquilino.
- Si eres propietario…
Este caso es el más sencillo, ya que, si eres propietario en una comunidad vertical, podrás decidir lo que está prohibido en cualquier momento, y si formas parte de una comunidad de vecinos, la cuestión de si está o no permitido colgar banderas o símbolos de la fachada de tu edificio será siempre debatida en una Junta como parte del Orden del día.
- Si eres inquilino…
Cuando vives en régimen de alquiler todo depende del contenido del contrato de arrendamiento que hayas firmado. Pero, como no es habitual que este asunto esté contemplado en él, lo normal es que debas seguir las pautas fijadas por la comunidad de vecinos en la que residas.
¿Modifica la fachada?
Partiendo de que el Ayuntamiento de cualquier localidad regula las banderas de edificios que albergan instituciones públicas, pero no fincas privadas, uno de los primeros criterios que puedes aplicar para saber si puedes colocar o no algo en la parte exterior del balcón es si está modificando la fachada. Si es así, estamos ante un asunto que concierne a la Comunidad de Propietarios, ya que, la fachada es de su propiedad.
Y es que, toda finca, tenga un solo propietario o una comunidad de vecinos, tiene unos Estatutos y entre ellos puede haber alguna norma que regule la posibilidad de colocar pancartas, banderas y otros elementos que se puedan colgar.
¿Te gusta colgar banderas en tu balcón? ¿Te molestan? ¿Te han “invitado” a quitar algún símbolo colocado en tu balcón? Cuéntanos tu caso. Nos interesa.
Foto: Alertadigital
Foto: Pinterest
2 comments
Buenas,
Yo tengo un edificio y en el local se han colocado okupas sin contrato de alquiler consentido. Estoy pensando en colocar pancartas en los balcones del edificio: “Fuera Okupas”. ¿Cómo me puede perjudicar siendo el propietario del edificio? Gracias.
Anna,
Ciertamente, lo único que te podemos aconsejar es que acudas a la justicia para recuperar la posesión, pues las pancartas por sí mismas no te van a solucionar el conflicto y lo que puedes provocar es una reacción contraria al edificio, de manera que la presión recaiga sobre ti para que actúes delante de los tribunales.