Con el paso de los años, algunos de los carteles publicitarios que vemos en lo alto de los edificios de nuestra ciudad se han convertido en parte del paisaje, incluso en un referente, como la famosa botella de Tío Pepe que podemos ver en la Puerta del Sol de Madrid. Estos anuncios no son simples adornos, recordemos que son publicidad y, como tal, constituyen una fuente de ingresos para los propietarios de los pisos del edificio donde está ubicado. ¿Has pensado en esta opción como forma de conseguir unos ingresos extra para tu Comunidad de Propietarios? En Api.cat te exponemos algunas de los aspectos que hay que tener en cuenta para ello.
Autorización para poner un cartel publicitario
Como todos los aspectos relacionados con un edificio de viviendas, buscamos los requisitos legales para instalar un cartel publicitario en el edificio de tu piso de Tarragona en la Ley de Propiedad Horizontal. En este caso, tratamos de averiguar cómo regula la ley el hecho de alquilar un espacio común, sin uso específico, y la respuesta la tenemos en su artículo 17.1, que señala que para llevar a cabo este arrendamiento es necesario el acuerdo de la junta de propietarios de tres quintas partes del total (60%), que a su vez representen las tras quintas partes de las cuotas de participación y el consentimiento del propietario al que afecte directamente, si lo hay.
Recuerda que en el caso concreto del alquiler de un espacio común para la instalación de un cartel publicitario, la autorización siempre ha de proceder de la propia comunidad de vecinos.
Instalación del cartel en la azotea
La comunidad de propietarios ha de solicitar al Ayuntamiento la licencia pertinente, que suele tener una vigencia de 5 años. Los dos criterios fundamentales que determinarán su concesión son: si su instalación cumple con la normativa de seguridad y si afecta a la estética del edificio. Si el edificio fuera de tipo histórico, tendría que atenerse a una regulación específica y diferente.
Alquiler del espacio común
Cuando una Comunidad de Vecinos instala un cartel publicitario, en última instancia lo que está haciendo es alquilar un espacio común a una empresa para que haga uso de él. Así que, una vez los vecinos están de acuerdo en arrendar este espacio y cuentan con la licencia del Ayuntamiento para su instalación, es el momento de firmar un contrato entre la empresa interesada y la Comunidad de Propietarios, donde se determinará las condiciones, la duración y el precio.
¿Cómo se declaran estos ingresos extra?
Los ingresos que se generan por la instalación de un cartel publicitario en el edificio de tu piso de Mataró, están sometidos a tributación. La Comunidad de Propietarios tiene la obligación de darse de alta en el censo de obligaciones fiscales.
La Comunidad debe emitir el formulario correspondiente de carácter informativo y anual, pero son los vecinos los que de forma individual han de hacer constar estos ingresos en sus declaraciones de la Renta, salvo que la cantidad sea menor de 3.000 euros, pues en este caso no es obligatorio su declaración.
¿Tienes en la azotea de tu edificio un cartel publicitario? ¿Os lo han propuesto en alguna ocasión? ¿Por qué no nos cuentas tu caso? Nos encantaría conocerlo.
Foto: Pinterest
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