
¿Qué hacer cuando se hereda un piso?
Una de las cuestiones en la que no solemos pararnos a pensar y que, sin embargo, encierra consecuencias realmente importantes es la que se refiere al tema de las herencias. Y más concretamente a la sucesión de bienes inmuebles. El caso es que sólo en el año 2014, en España se heredaron 137.000 viviendas, según los datos que maneja el Instituto Nacional de Estadística (INE), lo cual supone 137.000 situaciones en las que uno o varios inmuebles cambian de titularidad. Desde las noticias inmobiliarias de Api.cat exponemos a grandes rasgos cuáles son los principales pasos que se han de dar si heredamos un piso.
¿Hay testamento?
Si lamentablemente uno de tus familiares cercanos ha fallecido y tenía un piso en propiedad, lo primero es averiguar si la persona fallecida ha dejado testamento. Para ello, los familiares deben acudir al Registro y solicitar el certificado de últimas voluntades, donde constará la situación. Al margen de que exista testamento o no, conviene pedir también una nota simple de la propiedad y confirmar si está libre de cargas. Este trámite también puede hacerse on line.
Si hay testamento, el documento dirá quiénes son los herederos del inmueble. Si no lo hay, el reparto seguirá el orden que establece la ley. Los herederos del inmueble se convertirán en los nuevos propietarios en el momento en que redacten una escritura notarial donde conste su titularidad y que debe formalizarse en el Registro de la Propiedad.
Situaciones especiales
Es en este momento cuando suelen aflorar los primeros problemas fruto del enfrentamiento entre las partes que tienen intereses contrarios. Por ejemplo, es habitual que si un piso es heredado por varios hermanos, unos quieran vender la propiedad y otros prefieran mantenerla.
En el caso de que se decida vender, el API deberá “verificar que se ha hecho la aceptación de la herencia y pagado los impuestos correspondientes, así como, realizar las mismas gestiones que en una venta ·normal”, apunta Montserrat Junyent, asesora jurídica en la Associació d’Agents Immobiliaris de Catalunya.
En cualquier caso, antes de tomar una decisión al respecto es aconsejable valorar detenidamente la situación particular en la que está el inmueble. Y es que, no es extraño encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Que a la fecha del fallecimiento todavía está vigente el préstamo hipotecario concedido a la propiedad. En ese caso, los nuevos titulares quedan subrogados en la deuda pendiente.
- Que hubiera embargos anotados o estuviera en marcha un proceso de subasta. Lo que podría suponer que los herederos perdieran la propiedad.
- Que al fallecimiento del antiguo dueño existiera un acuerdo previo con un comprador, en cuyo caso, la operación de compraventa debe seguir adelante.
Si finalmente los herederos aceptan la herencia y se convierten en los nuevos propietarios del inmueble, deben seguir con el proceso, que continúa con el pago de los gravámenes.
Plazos y tributación
Los herederos tienen un plazo ordinario de seis meses para pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aunque es posible pedir aplazamientos (lo que implica pagar intereses). En este tiempo, los expertos recomiendan que el beneficiario analice la situación para decidir si le interesa más vender el piso o buscar financiación para poder pagar. En cualquier caso, hay que tener en cuenta que es un impuesto variable según las Comunidades Autónomas y en muchas de ellas se ve bonificado si se trata de sucesiones de padres a hijos.
Una vez los herederos han cumplido con la Agencia Tributaria, se puede decir que definitivamente se ha consumado el proceso. En principio, este periplo administrativo no tiene por qué ser complicado y, normalmente, los obstáculos e imprevistos responden más a las divergencias entre los herederos que a los trámites que rigen la aceptación de un herencia.
¿En alguna ocasión has heredado un piso? ¿Fue un proceso sencillo? Cuéntanos tu experiencia.
Foto: BIT Comunicación