Si eres propietario de un piso y llevas tiempo intentando venderlo, es posible que ya te hayas planteado en más de una ocasión la opción del alquiler. Sin embargo, quizá no hayas reparado en otra posibilidad: el alquiler de habitaciones.
Desde Api.cat trataremos de dar respuesta a las dudas más habituales a la hora alquilar tu piso por habitaciones.
¿Es diferente el contrato de alquiler por habitaciones al de una vivienda completa?
Es un contrato que contempla la singularidad de esta situación. En este sentido, para alquilar tu piso de Barcelona por habitaciones tendrás que hacer un contrato por cada una de las habitaciones, que deberán firmar cada uno de los arrendatarios.
En el contrato deben aparecer dos siguientes datos:
- El precio y forma de pago.
- La habitación que ocupará el inquilino.
- La duración del contrato.
- Los servicios que incluye el alquiler: Internet, cocina, baño, etc. y si están incluidos o no en la renta. Si no lo están, lo mejor es que quede especificado cómo se pagará.
Si alquilo sólo una habitación, ¿puedo entrar en mi casa?
Si alquilas tu piso por habitaciones, sí tienes acceso libre a tu vivienda. Sin embargo, si hicieras un contrato para todos los inquilinos, no podrías entrar en el domicilio sin su permiso.
¿Tengo ventajas fiscales si alquilo mi piso por habitaciones?
Sí. Dependiendo de la edad del arrendatario, te puedes deducir hasta el 100% de las rentas obtenidas en la declaración del IRPF.
Si alquilaras una habitación de tu piso de Cornellá a un chico que tuviera entre 18 y 30 años y con un salario neto por encima del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) -7.455,14 euros anuales, podrías deducirte el 100% de las rentas obtenidas con el alquiler de la habitación. O lo que es lo mismo, no te supondría coste alguno de cara a Hacienda en tu declaración del IRPF. Eso sí, el arrendamiento debe constituir la vivienda habitual del inquilino.
En caso de que hubiese varios arrendatarios, la reducción del 100% se aplicaría sobre la parte del rendimiento neto correspondiente a los inquilinos que cumplan esa condición.
Cuando el arrendatario no cumple con alguno de los dos requisitos expuestos con anterioridad, el propietario disfrutará de una deducción de hasta el 60% de los rendimientos netos derivados del alquiler a declarar en el IRPF (alquileres percibidos menos gastos deducibles).
Es cierto que, a pesar de no ser legal, el alquiler por habitaciones sin contrato es una práctica extendida y habitual, sobre todo el alquiler de habitaciones a estudiantes. Sin embargo, formalizando la situación, no sólo no defraudas a Hacienda, además tiene ventajas fiscales. Dos buenas razones para hacerlo, ¿no crees?
FOTO: PINTEREST
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2 comments
Bon dia,
voldria llogar el meu pis de Blanes a partir del 20 de setembre.
Es pot fer a través de l’Ajuntament o Generalitat?
Moltes gràcies,
JMC
Josep Maria,
La Generalitat de Catalunya disposa d’un programa de mediació de lloguer social per tal que els propietaris d’habitatges buits puguin posar-los en lloguer social amb unes condicions i unes garanties determinades (les pots consultar al web del Departament de Territori i Sostenibilitat).
D’altra banda, segons s’indica al seu web, l’Ajuntament de Blanes també té a l’abast dels ciutadans una borsa d’habitatge amb fins similars.