Quién esté valorando cambiar las condiciones de su hipoteca, deberá pensárselo dos veces, porque Hacienda empieza a exigir el pago de impuestos por la modificación de determinadas cláusulas. Te contamos los detalles en las noticias inmobiliarias de Api.cat

Hacienda exige el pago del impuesto AJD en las novaciones hipotecarias
La novación hipotecaria, o lo que es lo mismo, la modificación de alguna de las cláusulas de la hipoteca, es una herramienta útil para aquellos que, en un momento determinado, necesitan refinanciar su deuda o ajustar las condiciones del préstamos a sus posibilidades económicas. ¿Compraste un piso en Barcelona y estabas pensando hacer una novación? Presta atención…
Hasta ahora, el hecho de modificar cláusulas de la hipoteca no estaba gravado con nuevos impuestos, porque ya se pagan al constituirla. Sin embargo, un cambio de criterio de la Agencia Tributaria ha hecho que Hacienda comience a exigir el pago de los Actos Jurídicos Documentados (AJD) cuando en la novación se modifica cualquier condición que no sea exclusivamente el tipo de interés o el plazo de la hipoteca, como por ejemplo: los valores de tasación, los sistemas de amortización o la ampliación del periodo de carencia del préstamo.
Así lo establece una consulta vinculante a la Dirección General de Tributos de 2014 que afirma que, únicamente estarán exentos del pago del AJD aquellas modificaciones que solo impliquen cambios en el tipo de interés o el plazo de la hipoteca, según el artículo 9 de la Ley 2/1994 de 30 de marzo sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.
No obstante, los medios de comunicación se han hecho eco de la discrepancia de distintos bufetes de abogados sobre este tema. Consideran que esta interpretación de Hacienda está injustificada y argumentan que, si ya se tributó al constituir la hipoteca, y en la novación no se modifica la responsabilidad hipotecaria, no queda justificado el tener que volver a pagar ese impuesto.
En definitiva, parece haber distintas interpretaciones para una ley que no está del todo clara y que, seguramente, causará más de un litigio. Los abogados creen que existe la posibilidad de recurrir cuando Hacienda exija el pago del AJD pero en realidad, no se esté modificando la responsabilidad hipotecaria.