El derecho de aprovechamiento por turno es el adquiere un consumidor y que le confiere el uso con carácter exclusivo de un inmueble durante el tiempo estipulado en el contrato correspondiente. No se debe confundir con el sistema de multipropiedad o cualquier otro régimen de propiedad, ya que se trata de un derecho de uso y disfrute sobre una vivienda. En Api.cat de te mostramos las claves de este derecho, cómo se adquiere, y en qué consiste.
1. ¿Cómo se fija el precio de este derecho?
El precio de este derecho se pacta libremente entre el consumidor y el dueño, y el que adquiere el derecho de aprovechamiento debe pagar la cuota anual que estará determinada en la escritura reguladora y figurará en el contrato.
2. ¿A qué da derecho el pago de la cuota?
El pago del precio del derecho y de la cuota no sólo te dará derecho a estar alojado durante el tiempo estipulado, también incluye el disfrute de los servicios del inmueble. De los que podrás ser privado si dejaras de pagar cuota pactada.
3. ¿Cuánto tiempo dura el alojamiento?
Cada año puede ser ocupado como mínimo una semana, durante todos los años siguientes a la celebración del contrato hasta la extinción. Éste deber tener una duración mínima de tres años y máxima de cincuenta.
4. Y, como propietario, ¿puedo disponer del inmueble cuando quiera?
El propietario de un piso en estas condiciones, podrá disponer libremente de todo o parte de su derecho de propiedad con arreglo a las normas de Derecho privado. Eso sí, sin perjuicio de las limitaciones que resultan del régimen y de las facultades de los titulares del derecho de aprovechamiento.
5. Firmado el contrato, ¿puedo cambiar de idea?
Si decides que no te interesa seguir adelante, lo mejor es que lo hagas dentro de los diez días siguientes a la celebración del contrato. Para ello, basta con que se lo comuniques al propietario del inmueble. Además, no es necesario que alegues ninguna razón por tu decisión.
6. Si desisto, ¿me devolverán el dinero?
Lo cierto es que, como decíamos, si lo haces en el margen de los diez primeros días, no tendrás ningún problema, porque el propietario no podrá exigirte ningún pago durante ese tiempo. Si hubieras anticipado alguna cantidad, tendrás derecho a que te la devuelva duplicada.
7. ¿Puedo comprar un derecho de aprovechamiento de un inmueble en construcción?
Sí, no hay problema. En tal caso, es el propietario el que deberá constituir un seguro que garantice que las obras estén acabadas en el plazo previsto. Si no es así, podrás exigir la devolución de las cantidades que hayas abonado.
La venta del derecho de aprovechamiento por turno es una de las opciones que tiene el propietario de un inmueble. Si estás interesado, te aconsejamos que te dejes asesorar por un agente de la propiedad, él te especificará en qué casos es posible y cuándo te conviene.
¿Conocías el derecho de aprovechamiento por turno? ¿Has adquirido este derecho en alguna ocasión? Cuéntanos tu caso
Foto: Pinterest
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