Gestionar una comunidad de propietarios con conflictos es todo un reto que provoca dolor de cabeza a más de uno. De ahí que incluso se hayan hecho series de televisión para parodiar las situaciones variopintas que se dan entorno una comunidad de vecinos, sobretodo cuando el dinero está de por medio.
Si en tu comunidad de propietarios en Badalona hay una derrama y quieres saber si estás obligado a pagarla, te lo aclaramos en api.cat
¿Qué son las derramas?
Las derramas son gastos extraordinarios, a parte de la cuota regular que se paga a la comunidad, que sirven para pagar gastos imprevistos, que no son cuestiones de mantenimiento general y que por lo tanto, no se pagan mediante los fondos ordinarios. Las cuotas ordinarias sirven para pagar el mantenimiento general y las facturas regulares de la comunidad (luz, agua, el portero, pequeños desperfectos, etc.)
¿Cómo se aprueban?
Las derramas deben ser aprobadas por la Junta de Propietarios mediante una reunión y solo es necesaria una mayoría simple de los presentes para que salga adelante. Por este motivo, y aunque creas que es una pérdida de tiempo, te recomendamos asistir a todas las reuniones de la Junta de Propietarios y estar informado del estado de las cuentas y en qué reformas o mejores quieren invertir ese dinero.
¿Me puedo negar a pagar las derramas extraordinarias?
Sentimos decirte que si la Junta de Propietarios ha aprobado por mayoría una derrama en la reunión, la deberás pagar obligatoriamente hayas estado presente o no en la reunión, hayas votado a favor o en contra.
Ahora bien según la Ley de la Propiedad Horizontal, las derramas extraordinarias solo se justifican cuando son obras o reformas necesarias para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble. En estos supuestos, todos los propietarios están obligados a pagar y es la junta quién decide si la obra es realmente necesaria.
Algunos de los casos más habituales de las derramas extraordinarias son las obras para suprimir barreras arquitectónicas cuando hay personas discapacitadas o mayores de 70 años, como por ejemplo, instalar un ascensor o una silla elevadora. En este caso no se necesita un acuerdo y todos los vecinos deben pagar, siempre que el importe total de las obras no sobrepase 12 meses de cuotas ordinarias.
¿Qué casos no se pueden considerar derramas?
Hay reformas o mejoras que no se pueden considerar derramas puesto que de ellas no depende la habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, como por ejemplo, renovar los buzones. En ese caso y siempre que supere tres mensualidades de la cuota ordinaria, podréis negaros a pagarla. Si no supera 3 mensualidades y la Junta lo aprueba por mayoría, tendrás que pagar.
Según la OCU, instalar nuevos sistemas energéticos colectivos, como paneles solares o sistemas de aprovechamiento del agua, solo los asumen aquellos propietarios que los aprueben.
¿Y si aún así no quiero pagar?
No pagar podría salirte caro ya que, a parte de convertirte en moroso, podrías acabar inmerso en un proceso judicial contra la comunidad y en el caso de perder, podrían embargarte las cuentas o incluso el piso en casos extremos para saldar las deudas con la comunidad de propietarios.
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