El propietario/a que pone una casa en alquiler, siempre desea encontrar a un inquilino solvente que cuide la vivienda como si fuera su propia casa. Encontrar este tipo de inquilinos es fácil pero, a veces, se puede tener mala suerte y tener que lidiar con un moroso.
Tal y como te contamos recientemente en las noticias inmobiliarias de Api.cat, la morosidad en el alquiler de viviendas en España creció un 8,5% durante el pasado año y la cantidad media de la deuda se situó en los 6.425 euros. El porcentaje se ha reducido un 12% respecto al 2014, no obstante, la morosidad sigue siendo un gran problema para el sector del arrendamiento.

¿Cómo actuar ante un inquilino moroso?
Cómo afrontar un inquilino moroso
A partir del primer mes de impago, ya puedes interponer una demanda aunque si solo se ha incumplido una mensualidad, lo más recomendable es hablar con el inquilino para saber por qué motivo ha dejado de pagar y tratar de dialogar. Podría haber sido un despiste o una dificultad transitoria que se puede resolver amistosamente. Pero si la cosa no pinta bien, te verás obligado a iniciar un proceso judicial siguiendo estos pasos:
- Mandar un burofax a modo de preaviso para que quede demostrado ante la ley que se ha intentado resolver de manera amistosa y sin éxito. En dicho burofax, debes especificar la cantidad pendiente a pagar y el plazo que le concedes al inquilino para condonar la deuda.
- Si el burofax no funciona, ya tienes suficientes argumentos para iniciar el proceso legal de “Desahucio por falta de pago” tal y como recoge el art. 27.2.a de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Si la cuantía de la demandada es menor de 2.000€ no hace falta abogado ni procurador, pero si es superior necesitarás a ambos.
Los seguros contra impagos
Ante el aumento de la morosidad, muchos propietarios optan por contratar un seguro de impago, que si bien no impedirá que te encuentres ante esta situación, dado el caso, facilitan la asistencia jurídica y adelantan el cobro de las rentas impagadas. ¿Son útiles? Sí, siempre y cuando el propietario se lo pueda permitir y se trate de un buen seguro. Montserrat Junyent, asesora jurídica de los Colegios y Asociación de Agentes Inmobiliarios de Cataluña (API), afirma que:
“El propietario que no tiene contratado un seguro de impago debe procurarse la asistencia jurídica por sí mismo, haciéndose cargo de todo lo que ello implica. Luego, cobrará o no en función de la situación y la resolución judicial. Por otro lado, el problema de muchos seguros de impago, que los venden muy bien, es que el estándar que piden para conceder el seguro hace que el riesgo que corren sea limitado, ya que en el examen previo de viabilidad facilitan escoger la cobertura para ‘inquilinos morosos’ o solo para ‘inquilinos morosos por situación sobrevenida y no prevista’, pero pocos cubren los daños producidos por vandalismo.”
Lo que no debes hacer ante un inquilino moroso
Aunque la impotencia y la frustración se apoderen de ti, no puedes hacer justicia por tu cuenta, ya que podrías tener serios problemas con la ley. Recuerda: No puedes echar al inquilino moroso por la fuerza, cambiar la cerradura, amenazarle física o verbalmente o cortarle los suministros. Cualquiera de estas acciones le darían derecho a denunciarte. Ten paciencia y sigue los tiempos y cauces legales.