A pesar de que la actualización de la renta es algo que ocurre prácticamente en todos los alquileres, muchas personas no saben exactamente cuándo se actualiza y en función de qué. Este desconocimiento puede suscitar dudas y desconfianza entre los inquilinos desinformados.
Si es tu caso, vives de alquiler en un piso de Salou y tienes dudas sobre esta cuestión, hoy en api.cat te contamos cómo y cuándo se actualiza la renta de alquiler.
A lo largo de todo el año te hemos venido contando los cambios de la última reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Pues bien, la actualización de la renta del alquiler es uno de ellos y lo recoge el artículo 18 de la LAU. A modo de resumen:
La renta del alquiler solo se puede actualizar en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato y en los términos que se acordaran entre las partes.
Así por ejemplo, si el contrato se firmó en julio del 2014, el propietario de la vivienda podría actualizar la renta en julio de este 2015.
Hasta la reforma de la LAU en junio del 2013, el índice que se utilizaba por ley como referencia para actualizar las rentas de alquileres era el IPC (Índice de Precios de Consumo). Con la crisis y la devaluación del precio de la vivienda, el IPC dejó de ser representativo para actualizar los contratos de arrendamiento, puesto que inquilinos y propietarios empezaron a renegociar las rentas a la baja, y muchos propietarios han optado por no subirlas para conservar a los buenos inquilinos.
A día de hoy, la nueva ley permite fijar la actualización de la renta en función de índices distintos del IPC, en mayor o menor medida que el IPC general, acordando un tipo fijo entre las partes o incluso pactar el no incremento de la renta.
Pero si no se ha pactado nada diferente en el contrato, la referencia para actualizar la renta sigue siendo el IPC. ¿Vives de alquiler en Terrassa y no te acuerdas de qué firmaste? Revisa tu contrato, porque debe aparecer una cláusula sobre cómo se efectuará la actualización de la renta.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística.
Actualización de la renta por obras
Hay otra posible actualización de la renta. Si el propietario realiza obras de mejora en la vivienda, una vez transcurridos los tres primeros años de contrato, puede elevar la renta anual del alquiler. Ahora bien, el aumento no puede ser de más del 20% de la renta anual vigente, en el momento de la terminación de las obras, aunque se mantiene el hecho de que las partes pueden convenir no repercutir nunca ningún gasto. Recuerda que de todos modos, el propietario no podrá realizar obras que modifiquen la configuración de la vivienda sin el consentimiento por escrito del arrendatario.
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