A finales de este 2014 finaliza la prórroga de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1964. Lo que significa que los contratos de arrendamiento de locales firmados antes del 9 de mayo de 1985, tendrán que actualizar la renta según los ‘precios del mercado’.
Esto implica que negocios míticos y centenarios que están situados en puntos estratégicos de ciudades como Barcelona, tendrán que cerrar si la subida es tal que sus arrendatarios no la pueden asumir. Te contamos los intríngulis legales de los contratos de locales de renta antigua.
Los alquileres tanto de inmuebles como de locales alquilados antes del 9 de mayo del 1985, se regían por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) del 1964. Una ley que ofrecía una protección extrema de los inquilinos por razones históricas de escasez de vivienda en la post guerra.
Esta Ley no solo instauró la congelación técnica de la renta; también un sistema de subrogaciones, haciendo heredables los contratos con sus rentas y condiciones iniciales muy favorables a los inquilinos.
Estas condiciones generaban conflictos con los propietarios que no podían disponer de sus propiedades ni aumentar las rentas. El conocido como Decreto Boyer de 1985, quiso hacer frente a esta situación eliminando para los nuevos contratos la prórroga obligatoria que regía hasta entonces, pero que solo afecta a los contratos firmados entre el 9 de mayo de 1985 y el 1 de enero de 1995. Para los demás, nos interesa la nueva Ley.
El 1 de enero de 1995 entró en vigor Ley de Arrendamientos Urbanos vigente del 94, que regulaba los contratos de alquiler firmados a partir de su entrada en vigor. Sin embargo, algo había que hacer con aquellos contratos firmados antes de la nueva ley (los regidos por la LAU del 1964) de modo que se incluyeron unas disposiciones transitorias para prever qué pasaba con dichos contratos antiguos.
Es la disposición transitoria tercera la que hace referencia a la subrogación y extinción de los contratos de alquiler de renta antigua de locales de negocio. Esta disposición dice que dichas rentas antiguas de locales comerciales se seguirán rigiendo por la LAU del 1964 pero añade normas que no están en dicha ley, y que son las que el 31 de diciembre del 2014 afectarán a decenas de locales centenarios, ya que extingue los contratos de renta antigua a partir del 31 de diciembre del 2014 y modifica los derechos de subrogación.
Si quieres saber más sobre los tipos de alquiler, lee nuestro post sobre todos los tipos de alquiler que existen.
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