Antes de poner en alquiler una vivienda, lo primero que debes hacer es asegurarte de que todo está en regla y no vas a toparte con ningún obstáculo legal que pueda complicar la operación. Para ello, lo primero que has de saber es que conviene que dispongas de una copia de las escrituras, y que te asegures de que dicha vivienda no se encuentra ya arrendada por otra persona o si está al día en el pago de las facturas de los correspondientes suministros.
Además, la legislación exige que se disponga de un certificado energético y que cuente con la cédula de habitabilidad, que es el documento que garantiza que la vivienda cumple con los requisitos mínimos para poder ser destinada a un uso residencial.
Certificado energético
El certificado energético es un informe que debe ser realizado por un arquitecto o especialista en el que se detalla el consumo energético y las emisiones de CO2 de un inmueble.
El Real Decreto 235/2013 obliga a que el propietario de una vivienda disponga de este documento, que se expide con una validez de diez años, y lo adjunte a los papeles necesarios cuando se vaya a proceder a realizar tanto una compraventa como un contrato de alquiler. Esta normativa, que procede de una directiva europea por la que se rigen todos los estados miembros de la Unión, entró en vigor en España el uno de junio de 2013.
La etiqueta energética
El certificado energético es un informe de varias páginas donde quedan reflejados los resultados de un estudio en el que se observa la envolvente de la vivienda, sus sistemas de producción de energía, su situación estratégica y orientación, su iluminación, etcétera.
Del resultado de dicho informe se obtiene la etiqueta energética, que arroja una calificación que va de la A hasta la G, en la que la A es la máxima nota respecto a los niveles de eficiencia y la G es la mínima. Esta etiqueta energética se debe incluir en cualquier anuncio o acto publicitario de la vivienda.
Sanciones
Alquilar o vender una vivienda sin disponer del correspondiente certificado energético está tipificado como una infracción que puede acarrear multas que van desde los 300 hasta los 6000 euros, dependiendo de la gravedad.
La Ley 8/2013 de 26 de junio recoge las sanciones por incumplimiento de la normativa referente a la certificación energética. Desde no incluir la etiqueta energética en el anuncio de un inmueble en venta o alquiler hasta falsear el resultado del informe, estas infracciones pueden ser calificadas como leves, con multas de 300 a 600 euros, graves, de 601 a 1000, y muy graves, de 1001 hasta 6000 euros.
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Además, tu vivienda será visible a un amplio espectro de potenciales clientes, y nosotros nos encargaremos de efectuar un análisis financiero previo de las personas interesadas para ofrecerte la garantía de que tu inquilino dispone de la solvencia necesaria para afrontar los pagos.
Cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que acredita que una vivienda cumple con los requisitos mínimos exigibles en temas de salubridad y solidez para ser destinada al uso residencial.
La Ley 18/2007 establece que este documento ha de ser solicitado al contratar y dar de alta los diferentes suministros como la luz, el agua o el gas. De la misma manera, es obligatorio presentarlo para el arrendamiento de la vivienda o para su compraventa.
Es un informe que comprueba, entre otros aspectos, que la vivienda dispone de elementos básicos como una cocina, inodoro, que dispone de agua caliente, etcétera. También mide la superficie útil y establece el mínimo exigible para que dicho espacio pueda ser habitado por personas en condiciones de higiene y salubridad, que es de 36 metros cuadrados.
Consecuencias de no disponer de este documento
La cédula de habitabilidad es un documento que gestionan las comunidades autónomas, y se expide con una validez de quince años. Las personas que están capacitadas para realizar este informe son los arquitectos o arquitectos técnicos, que se encargan de llevar a cabo una inspección visual del edificio para determinar si reúne las condiciones mínimas necesarias.
Dicho documento debe estar homologado por el colegio profesional que respalde a la persona encargada de realizarlo. Al igual que el certificado energético, es un trámite sencillo que no se tarda mucho tiempo en realizar.
Según establece la ley, vivir sin contar con la cédula de habitabilidad podría suponer que el contrato de alquiler o compraventa de la vivienda quedasen anulados.
Licencia de primera ocupación
Es otro de los certificados oficiales para el alquiler del que deberás disponer si quieres arrendar tu vivienda. La licencia de primera ocupación difiere de la cédula de habitabilidad en que se trata de un documento que otorga el ayuntamiento o autoridad competente a los promotores, para certificar que la obra finalizada se ha llevado a cabo conforme los requisitos que marca cada comunidad autónoma.
Este documento verifica que la construcción cumple con los requisitos establecidos para adaptarse al uso para el que ha sido autorizada en la licencia de obras. Cuando no se trata de una primera ocupación, entonces es necesario obtener la cédula de habitabilidad.
En algunas comunidades autónomas, además de dicha cédula de habitabilidad, es necesario disponer de la licencia de primera ocupación para efectuar el arrendamiento de una vivienda.
Una vez que dispongas de todo el papeleo necesario ya podrás poner tu vivienda en alquiler. La Ley de Arrendamientos Urbanos establece el marco en el que se deben desarrollar todas las operaciones de alquiler.
Aunque no es un requisito obligatorio, es recomendable que, una vez firmado el contrato privado de alquiler con el inquilino, se proceda a inscribirlo en el Registro de la Propiedad.