Como propietario de una vivienda, estás obligado a pagar una serie de impuestos. Entre ellos, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Pero, sabes ¿en qué casos debes abonarlo, cuándo estás exento y cómo funciona el IBI del piso que tienes en propiedad en Tarragona? En este post, te solucionaremos estos interrogantes para qué sepas a que atenerte en las operaciones de alquiler y de compraventa de vivienda.
- ¿Qué es el IBI?
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo que están obligados a pagar los propietarios de vivienda por el mero hecho de serlo. Por esta razón, debes abonar lo que se denomina contribución a tu ayuntamiento. El impuesto grava la propiedad de los bienes inmuebles, sean de naturaleza rústica o urbana. La recaudación del impuesto es municipal y se devenga anualmente.
- ¿Cuáles son las exenciones?
Como propietario, te hemos comentado que estás obligado a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), pero existen algunas exenciones. Son las siguientes:
- Los edificios propiedad del Estado, una Comunidad Autónoma o una Entidad Local y se destinen a un servicio público.
- Las carreteras, caminos y demás vías terrestres o marítimas, siempre que tengan un uso público y gratuito.
- Las propiedades de la Iglesia Católica, asociaciones y entidades que hayan establecido un convenio de cooperación y Cruz Roja.
- Los edificios utilizados como embajadas o consulados de gobiernos extranjeros en territorio nacional.
- Los edificios que tengan la declaración de monumento o jardín histórico de interés cultural.
- ¿Cómo funciona el IBI en el alquiler?
Como siempre, acudimos a la normativa. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece en su artículo 20.1 que “si no se pacta por escrito que lo pague el inquilino, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) lo deberá asumir el propietario. Como regla general, el impuesto lo tiene que pagar el dueño del inmueble, ya que se trata de un tributo que recae sobre la vivienda y ésta es del propietario.
El mismo artículo señala una excepción: si el inquilino y el propietario pactan que el primero asuma el IBI, lo pagará el arrendatario. Eso sí, el acuerdo ha de figura por escrito.
- ¿Cómo funciona el IBI en la compraventa de vivienda?
En el caso de ser propietario de una vivienda y realizar una operación de venta, ¿quién debe pagar el impuesto? Como resumen, comentarte que lo asume quien figura como titular del inmueble el día 1 de enero. Es decir, si vendes tu casa el día 15 de enero deberás pagar el importe anual del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
El artículo 74 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales fija que el periodo del impuesto del IBI coincide con el año natural y se cobra el día 1 de enero de cada año. Tal cómo te hemos comentado, la norma añade que “las variaciones en la propiedad del bien o inmueble no alteran la cuota del ejercicio en el que se producen”.
¿Eres propietario o inquilino de una vivienda? Explícanos tus experiencias con el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y déjanos tu comentario.