¿Has puesto en venta tu piso de Salou y estás revisando las condiciones de tu hipoteca para saber cuánto te va a costar la comisión por cancelarla con el dinero de la venta? En los últimos 10 años, la ley que rige las comisiones por amortización anticipada y las compensaciones por desistimiento de las hipotecas ha ido cambiando. En Api.cat seguimos explicándote los entresijos de los préstamos hipotecarios.
Si tu hipoteca es a interés variable y anterior al 27/04/2003:
- La comisión por amortización anticipada puede ser, como máximo, del 1%, o inferior si así se pactó.
- Si se trata de una amortización anticipada por subrogación (venta del piso en que el comprador asume la hipoteca), esta comisión sólo se podrá aplicar si está pactada por contrato, y con un tope máximo del 1%.
Si tu hipoteca es a interés variable y posterior al 27/04/2003:
- La comisión por amortización anticipada será, como máximo, del 1% o inferior si así se pactó por contrato.
- Si se trata de una amortización anticipada por subrogación, el tope de la comisión es del 0,5% y solo te la pueden cobrar si así está recogido en el contrato.
Si tu hipoteca es a interés fijo:
- La comisión por amortización anticipada por subrogación será del 2,5% o inferior, si se ha pactado.
- La comisión por amortización anticipada no subrogatoria será del % pactado por contrato.
Si la hipoteca es posterior al 09/12 de 2007, a interés fijo o variable, y fue concertada por una persona física para una vivienda o por personas jurídicas que tributen como pequeñas empresas
- No puede haber comisión por amortización anticipada, sea subrogatoria o no.
- La compensación por desistimiento puede ser, como máximo del 0,5% los 5 primeros años (o inferior, si así está pactado) y del 0,25% a partir de entonces.
- No se aplicará compensación por riesgo de tipo de interés cuando el periodo de revisión sea inferior a 12 meses ni si se han producido ganancias para la entidad bancaria.
- En periodos de revisión del préstamo superiores al año, habrá compensación en caso de pérdida de capital: será del % pactado por contrato o equivalente al importe de pérdida de capital por parte de la entidad.
Si aún no tienes hipoteca pero estás buscando una para comprar una casa en Vic, revisa el contrato y asegúrate que las condiciones se adaptan a lo que acabamos de explicarte.
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