Desde el 1 de enero de 2013, se ha suprimido la deducción por compra de vivienda. Ahora, el Gobierno se plantea eliminarla de forma retroactiva, lo que le generaría un ahorro de más de 4.000 millones de euros al Estado y afectaría a seis millones de personas. Esta reducción se uniría a la eliminación anterior de la compensación fiscal por deducción si el inmueble se había adquirido antes del 20 de enero de 2006. Si la compra era anterior a esta fecha, el contribuyente obtenía una deducción un 5% superior al resto.
Cuestiones pendientes
Desde la asesoria de empresas Àlex Fité Associats, se destaca las incógnitas pendientes antes de que el Gobierno anuncie los cambios en la normativa:
- Hacienda no ha aclarado si se eliminará retroactivamente la deducción por vivienda habitual.
- Si la desgravación por compra se suprime totalmente o se limita a las rentas superiores a un determinado nivel de ingresos. De los beneficiarios, 300.000 tienen un sueldo anual superior a los 60.000 euros.
- La modificación del porcentaje del 15% para deducir y la rebaja de la base máxima de 9.040 euros sobre la que se aplica el incentivo fiscal.
Régimen transitorio
Desde el 1 de enero de 2013, se ha eliminado la deducción por inversión en vivienda habitual. Aún así se mantiene un régimen transitorio en tres casos:
- El contribuyente que ha adquirido su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 o haya pagado cantidades antes de esta fecha. Si se ha comprado un piso en Mataró antes de ese año, el propietario todavía puede optar a la deducción por el inmueble.
- El contribuyente que hubiera abonado cantidades antes del 1 de enero de 2013 por obras de rehabilitación o vivienda habitual si éstas finalizan antes de 2017.
- El contribuyente que pague cantidades para realizar obras para adecuar la vivienda habitual a personas con discapacidad si se han iniciado antes de 2013 y estén acabadas antes de 2017.
Los limites a la deducción
Las bases de la deducción las forman las cantidades abonadas para comprar o reformar la vivienda habitual y tienen como límite 9.040 euros anuales. Además, se pueden incluir los gastos de amortización y los intereses. El porcentaje de deducción surge de la suma del tramo estatal (7,5%) y del autonómico (7,5%) con un límite de 1.356€ (el 15% de 9.040€). Con la eliminación de esta normativa, una persona que hubiera comprado su vivienda antes del 1 de enero de 2013 y firmara una hipoteca de 120.000 euros a 25 años, dejaría de deducirse una media de 33.900€.
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