Desde el pasado 1 de marzo, Cataluña recauda el impuesto sobre los pisos vacíos. Con carácter penalizador, el principal objetivo es reducir el número de viviendas que están desocupadas y ganar recursos económicos para destinar al alquiler social. Tras prácticamente dos meses de su aplicación, valoramos su impacto en las noticias inmobiliarias de Api.cat

El impuesto a los pisos vacíos de Cataluña cumple dos meses
Fue el pasado mes de julio cuando el Parlament dio luz verde a la Ley 14/2015, de 21 de julio. El principal objetivo era presionar a las entidades financieras, que son grandes tenientes de viviendas desocupadas, para que los pongan en alquiler y así, movilizar el parque de viviendas privado y garantizar su función social.
La ley establece que, deben liquidar dicho impuesto los grandes tenedores de viviendas (bancos, sus filiales inmobiliarias o sociedades inmobiliarias) y personas jurídicas, que tengan viviendas vacías durante más de dos años, sin causa justificada y en los municipios donde haya una alta demanda acreditada.
En principio, los particulares y las entidades del tercer sector de la red de viviendas de inserción social, están exentas del impuesto. ¿Buscas casas de alquiler en Barcelona? ¿Crees que esta medida te favorecerá?
La primera recaudación del impuesto
La primera liquidación del impuesto sobre las viviendas vacías, que se produjo entre los días 1 y 20 de marzo, ha permitido a la Generalitat recaudar 11.280.000 euros. Una cifra muy superior a los 8 millones que habían previsto desde el Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda.
Teóricamente, el dinero recaudado a través de este impuesto se destinará íntegramente a comprar viviendas provenientes de procesos de ejecución hipotecaria, mediante el ejercicio del derecho de tanteo y retracto, para ponerlas en alquiler social o como vivienda dotacional.
Otros puntos de vista
Esta ley ha sido aplaudida por unos y criticada por otros, la polémica estaba servida. Joan Ollé Bertrán, Presidente del colectivo API en Cataluña, nos da otro punto de vista a la cuestión:
“En mi opinión, este tipo de intromisiones alteran el mercado y crean inseguridad jurídica. La desocupación de viviendas se pueden dar por muchas razones, no necesariamente especulativas. Sería preferible incentivar el alquiler vía ayudas y subvenciones a las personas que lo necesiten, en lugar de multar. Teóricamente, la ley pretende presionar a las entidades financieras, que han sido malas gestoras de los inmuebles que poseen, y en ese sentido me parece bien. Pero en la literalidad del texto de la ley no queda tan claro que solo se dirija a los grandes tenedores de viviendas, creando inseguridad en el mercado”.
Recurso de inconstitucionalidad
El gobierno español en funciones está valorando llevar la Ley 14/2015 sobre el impuesto sobre pisos vacíos al Tribunal Constitucional, argumentando que vulnera el artículo 133.2 de la Constitución en conexión con el artículo 6.3 de la LOFCA, ya que el tributo autonómico grava un hecho imponible ya gravado por un impuesto local como es el Impuesto de Bienes Inmuebles. Por el contrario, el Govern contesta que el impuesto grava el incumplimiento de la función social de la propiedad de inmuebles vacíos como derecho fundamental.
Foto: BIT Comunicació