¿Tienes un piso en Girona que utilizas poco y quieres sacarle provecho? Siempre puedes alquilarlo como piso de uso turístico para estancias temporales de máximo un mes varias veces al año. En Api.cat te explicamos lo que hay que saber al respecto.
Aunque parezca que puedes hacerlo tú mismo, confía en un profesional. Un API te sabrá asesorar y tiene todas las herramientas para comercializar tu vivienda y facilitarte los trámites.
La normativa: el alquiler turístico ha quedado fuera de la última reforma de la LAU y queda sujeto a la normativa de cada comunidad autónoma. En Cataluña, esta práctica está regulada por el decreto 159/2012, de 20 de noviembre, de establecimientos de alojamientos turísticos y vivienda de uso turístico.
Requisitos: tal como te explicará tu API, para destinar tu vivienda a este uso, necesitas:
- la cédula de habitabilidad,
- que el piso disponga del mobiliario y elementos suficientes para su ocupación inmediata,
- garantizar un servicio de asistencia y mantenimiento de la vivienda,
- facilitar un teléfono de contacto para atender posibles incidencias.
Cómo y a quién notificar la actividad: según la normativa catalana, esta notificación debe hacerse al ayuntamiento del municipio. Se trata de una comunicación previa que aporte:
- los datos de la vivienda y su capacidad legal máxima,
- la declaración conforme dispone de cédula de habitabilidad,
- los datos del propietario y los datos del gestor que se hace cargo,
- el número de teléfono para atender cualquier incidencia y comunicación,
- la identificación de la empresa de asistencia y mantenimiento.
Una vez presentado el documento de comunicación previa, se puede empezar la actividad sin necesitar respuesta o aprobación expresa.
Posibles motivos para denegar la actividad: hay dos posibles causas: que la normativa urbanística de ese municipio prohíba explícitamente este uso o que los prohíban en los estatutos de la comunidad de vecinos a la que pertenezca la vivienda.
Obligaciones del propietario o gestor: aunque la inscripción en el Registro de Turismo de Cataluña la realiza la propia Administración, el propietario o gestor deben encargarse de:
- Comunicar a la Dirección General de Policía la información relativa a la estancia de los usuarios. Tu API te explicará cómo hacerlo en la web de Mossos de Esquadra.
- Tener hojas de reclamación dentro de la vivienda.
- Cobrar el impuesto sobre estancias en alojamientos turísticos (IEET), que luego habrá que declarar a la Agencia Tributaria de Cataluña.
- No se puede alegar esta vivienda como domicilio particular para evitar las inspecciones correspondientes.
¿Te hemos ayudado? Si aún tienes dudas, consulta con un API o escríbenos: podemos ayudarte.
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