Cobrar puntualmente cada mes, aunque sea una renta menor. Así se plantean hoy en día la cuota del alquiler los propietarios de inmuebles. Este miedo a acumular retrasos en el arrendamiento ha aumentado los contratos de seguros por impagos y la irrupción de empresas que garantizan el cobro del importe. Desde Api.cat, te vamos a contar en cinco claves cómo funciona el seguro por impago del alquiler:
- Imaginemos un piso de alquiler en Lleida. Existe la posibilidad de que nos dirijamos a empresas aseguradoras o de intermediación que nos garanticen el cobro del alquiler en caso de impago. Si nuestra vivienda se alquila por 500 euros de media, el coste del seguro oscila entre los 240 y los 250 euros al año. Por un poco más de 20 euros al mes, el propietario se ahorra preocupaciones. El coste estándar del seguro se sitúa en torno al 4% del total de la cuota de alquiler anual. Las inmobiliarias y empresas que gestionan alquileres alertan del incremento de las incidencias por destrozos, retrasos en las cuotas o impagos.
- Algunas firmas aseguradoras comercializan seguros por impago del alquiler que garantizan el cobro. Incluso aseguran el abono de las cuotas durante los 12 meses siguientes desde el primer retraso, por lo que el propietario del piso puede ejecutar los trámites para un deshaucio por el impago del alquiler. Al final, el objetivo del seguro es “cubrir los incidentes de impago en los casos en que el inquilino no abandona la vivienda y sigue generando gastos al propietario”, asegura el responsable de Grandes Cuentas de la Mutua de Propietarios, Eduard Huguet.
- El momento clave de los seguros por impago del alquiler es cuando se llega al proceso judicial. Huguet explica que las compañías de seguro indemnizan los meses de impago cuando hay una resolución judicial firme. “Intentamos no llegar a este punto porque antes realizamos una selección y una verificación de los riesgos del arrendatario”, añade. El asegurado puede solicitar un avance de la indemnización antes de que se inicie el proceso de desahucio y no recupere la posesión de la vivienda. Al final del proceso, la compañía aseguradora puede reclamar la deuda al inquilino siempre que se demuestre judicialmente que es solvente.
- En el contrato del alquiler, se debe especificar claramente quien efectúa el pago del seguro por impago. Aunque la póliza la asuma el propietario, éste puede imputar al inquilino el pago proporcional de las cuotas. El objetivo es estar protegido y asegurado por si se ha de iniciar un procedimiento de desahucio por el alquiler. La inclusión de un seguro por impago del alquiler en el contrato es libre y se deja a la voluntad de las partes. Desde la Mutua de Propietarios, se aclara que siempre hay que tener claro que el arrendador es el asegurado y el arrendatario el riesgo, aunque éste último pague el seguro.
- Los seguros para garantizar el cobro del alquiler han conseguido reducir la morosidad un 85%, según los datos aportados por el Observatorio Español del Seguro del Alquiler (OESA). Los datos del informe muestran que en los contratos con seguro, los impagos no se empiezan a dar hasta el noveno o décimo mes, mientras que en los que no tienen seguro, éstos se producen al tercer mes. La medida logra retrasar seis meses los impagos.
Estas son las cinco claves básicas para entender cómo funciona el seguro de un contrato de alquiler. Pese a que los datos muestran que la fórmula rebaja la morosidad y los retrasos en los pagos, deben ser el propietario y el inquilino quienes analicen si resulta rentable añadirlo al contrato de alquiler y la forma de pagar las cuotas.
Foto 1: Pinterest
Foto 2: La Información
5 comments
Saludos de un API Castellano, un buen artículo y que se ajusta a la realidad (Hay mucha basura en la red sobre seguros de impago de alquiler).
Hemos intentado aportar nuestro granito de arena con una guia sobre lo que ofertan distintos seguros de impago y empresas especializadas de alquiler.
Espero que les agrade: http://www.elalquilergarantizado.com/verdades-seguros-de-impago-alquiler/
Hola Custodio alquiler. Muchas gracias por tu aportación. Nos alegra que te haya gustado la entrada. De hecho, intentamos siempre que la información que damos en los artículos sea útil y se ajuste a la realidad. Un saludo.
Me parece interesante destacar dos puntos:
– Los precios medios de estos seguros que son de 240 o 250 euros AL AÑO.
– “Intentamos no llegar a este punto porque antes realizamos una SELECCIÓN y una VERIFICACIÓN de los riesgos del arrendatario”…(faltaría más, si no este producto no les saldría rentable a las aseguradoras…)
Os dejo este blog sobre alquileres: http://www.facebook.com/afectadosalquilerseguro
Un buen artículo, lo hemos compartido en nuestra web con referencia a vuestro artículo. Gracias!
Muchas gracias por compartirlo. ¡Es un placer Comas Real Estate!